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Doble nacionalidad y cargos ejecutivos: qué aprobó Diputados y qué falta

Diputados avaló un dictamen sobre requisitos para aspirar a cargos ejecutivos. Falta el resto del trámite constitucional: aún no es una regla vigente.

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados de México
Fotografía de archivo de la Cámara de Diputados. Fuente: Capital CDMX.

La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que plantea modificar los requisitos de nacionalidad para aspirar a la Presidencia, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México. Según la cobertura de Capital CDMX, la propuesta fue turnada al Senado para continuar el procedimiento de reforma constitucional.

No es una regla vigente

El texto aprobado en San Lázaro prevé que una persona aspirante no tenga otra nacionalidad además de la mexicana al solicitar su registro para esos cargos ejecutivos. No prohíbe la doble nacionalidad a la población en general. El régimen transitorio referido por Capital establece su aplicación desde el proceso electoral de 2028.

El dictamen todavía requiere completar las etapas constitucionales correspondientes. Hasta entonces, los requisitos vigentes siguen siendo los aplicables. La distinción entre una iniciativa aprobada por una cámara y una reforma en vigor es indispensable para entender su alcance.

Cómo verificar si una reforma constitucional ya es obligatoria

El artículo 135 constitucional establece un procedimiento reforzado: la aprobación legislativa federal no agota el trámite; también intervienen las legislaturas de las entidades federativas y debe realizarse el cómputo y la declaración correspondiente. La publicación del decreto y sus disposiciones transitorias permiten determinar a partir de cuándo una modificación produce efectos.

Esto cambia la manera de leer la noticia. Si una cámara aprueba un dictamen, lo correcto es hablar de una propuesta que avanza en el proceso legislativo, no de una prohibición ya aplicable. Un requisito para competir por un cargo tampoco equivale a retirar derechos de nacionalidad a toda la población.

Cuatro documentos que importan

  • El texto preciso del dictamen aprobado y sus reservas, si las hubo.
  • La minuta turnada a la cámara revisora y los cambios que ésta pudiera introducir.
  • La declaratoria del órgano competente, cuando proceda.
  • El decreto publicado y sus artículos transitorios, que fijan el inicio de vigencia.

También debe compararse la propuesta con las reglas hoy vigentes sobre nacionalidad y elegibilidad, y con los requisitos específicos de cada cargo. Sin esa comparación, un titular puede convertir un debate legislativo en una conclusión jurídica falsa. La pregunta central para una persona potencialmente candidata es cuál es la regla vigente al momento de su registro, no qué versión circula en redes.

Información publicada originalmente por Capital CDMX ↗.

Redacción · Actualidad
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