La Suprema Corte de Justicia de la Nación puso en marcha un sistema automatizado para distribuir expedientes entre sus ministras y ministros. La regla general es la asignación aleatoria, pero el mecanismo contempla excepciones relevantes para preservar la continuidad procesal y respetar las decisiones del Pleno.
Regla general y supuestos especiales
Los nuevos asuntos se asignan por sorteo entre las ponencias habilitadas. En expedientes provenientes de una Solicitud de Ejercicio de la Facultad de Atracción (SEFA) o de una Solicitud de Reasunción de Competencia (SRC), participan en el turno únicamente quienes integraron la mayoría que decidió atraer o reasumir el conocimiento del caso.
Si un proyecto no alcanza la votación necesaria, el returno se realiza aleatoriamente entre quienes votaron contra la propuesta. Las personas ministras con impedimento legal quedan fuera del universo elegible.
Los asuntos relacionados se asignan a la ponencia que conoce el expediente principal. Además, el Pleno puede determinar directamente un turno en sesión, conforme a las reglas aplicables.
Por qué importa el algoritmo
La automatización puede reducir la discrecionalidad administrativa y facilitar la trazabilidad de las asignaciones. Sin embargo, la garantía de imparcialidad depende de que el algoritmo implemente correctamente las reglas, de que sus excepciones estén justificadas y de que exista información suficiente para auditar los resultados.
El anuncio de la Corte describe el funcionamiento general del sistema; para una evaluación jurídica integral también será relevante consultar el acuerdo normativo que regula los turnos y su aplicación a casos concretos.



