El cierre de un juzgado no siempre significa que todos los tribunales estén de vacaciones ni que los plazos procesales se suspendan. En México existen calendarios distintos para el Poder Judicial de la Federación, el Poder Judicial de la Ciudad de México y los tribunales especializados. Esta guía permanente explica cómo comprobar los días inhábiles, las vacaciones, las guardias y sus efectos jurídicos.
¿Cuándo son las vacaciones judiciales federales?
En 2026, el calendario general publicado por el Órgano de Administración Judicial contempla un periodo del 16 al 31 de julio y otro del 16 al 31 de diciembre para los órganos comprendidos en esa disposición. No todos los juzgados descansan simultáneamente: hay órganos con vacaciones escalonadas y servicios de guardia. Por ejemplo, el calendario oficial de juzgados de Distrito en materia penal de la Ciudad de México establece grupos con vacaciones en la segunda quincena de julio o primera de agosto, y en la segunda quincena de diciembre o primera de enero de 2027.
¿Qué días inhábiles contempla el calendario federal de 2026?
Entre las fechas expresamente publicadas por el OAJ figuran el 1 de enero, 2 de febrero, 16 de marzo, 1 y 5 de mayo, 16 de septiembre, 12 de octubre, 16 de noviembre y 25 de diciembre, además de otras fechas y acuerdos por órgano o circuito. Algunas jornadas se califican como inhábiles pero laborables; por eso es indispensable consultar la nota y el fundamento de cada fecha. Los sábados y domingos y los periodos vacacionales también deben analizarse conforme a las reglas aplicables.
¿Cuándo cierran los juzgados de la Ciudad de México?
El Poder Judicial de la Ciudad de México publica su calendario oficial de días inhábiles y periodos vacacionales. No debe aplicarse automáticamente el calendario federal a los juzgados locales. Para conocer un cierre, consulta el calendario del año correspondiente y los acuerdos de su órgano de administración judicial.
¿Se suspenden los plazos durante las vacaciones?
Depende del procedimiento, la legislación aplicable y el acuerdo oficial. Un día declarado inhábil puede afectar el cómputo de términos, pero no equivale necesariamente a cancelar todas las actuaciones. Tampoco basta encontrar cerrado un edificio para asumir que un plazo se prorrogó. Verifica el acuerdo, el expediente y la vía de presentación disponible.
¿Hay juzgados de guardia?
Sí, determinados órganos mantienen guardias para asuntos urgentes, especialmente en materias que requieren atención inmediata. Las competencias, sedes y horarios dependen del calendario y los acuerdos oficiales; no debe suponerse que cualquier juzgado de guardia puede recibir todo tipo de promociones.
¿Qué ocurre con audiencias y promociones electrónicas?
Una audiencia solo debe considerarse suspendida si existe notificación o determinación aplicable. Las plataformas electrónicas pueden tener reglas propias sobre recepción y efectos procesales. Conserva acuses y revisa el calendario, los acuerdos y la legislación procesal correspondiente.
Antes de acudir al tribunal
- Identifica si el asunto es federal, local o de un tribunal especializado.
- Comprueba el calendario oficial del órgano y del año.
- Busca acuerdos extraordinarios de suspensión y avisos de guardia.
- Revisa el cómputo del plazo conforme a la ley de tu procedimiento.
- Confirma audiencias y horarios directamente con el tribunal.
Preguntas frecuentes
¿Todos los juzgados salen de vacaciones el mismo día?
No. Hay calendarios distintos y vacaciones escalonadas.
¿Si el juzgado está cerrado se detiene mi plazo?
No necesariamente. Debes comprobar la declaración oficial y sus efectos jurídicos.
¿Dónde consulto el calendario federal?
En el calendario de días inhábiles del OAJ y los avisos de vacaciones de órganos jurisdiccionales.
Esta guía es informativa y no sustituye la revisión del expediente, el acuerdo aplicable ni el asesoramiento jurídico para un vencimiento concreto.



